lunes, 20 de mayo de 2024 04:00h.

Comunicados SiPte | Jurídico

Declarada nula, judicialmente, la sanción a once trabajadoras de la UR2 de Badalona

Sentencia favorable a los trabajadores. La que fuera jefa de la UR2 Badalona las denunció porque, según ella, desatendieron el servicio por prestar atención a la presencia de la televisión local, interesada por un conflicto laboral.

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HECHOS, del 16 de marzo de 2021

  • Donde debería haber 28 carteros solo había 18, y se pretendía que realizaran el mismo trabajo y recorrido.
  • Las trabajadoras denunciaron ante SiPcte esta situación y acudimos con la televisión local de Badalona a la UR2 de Correos.

Ante este acto de protesta, la que fuera jefa de la UR2 Badalona denunció a once trabajadoras por atender a la televisión o mirar la escena, sobre las 14 horas, provocando que, según ella:

  • 5900 cartas ordinarias, 1556 envíos registrados sin reparto y 1150 envíos devueltos.

Por lo que procedió a denunciar colectivamente a los once carteros revoltosos.

  • Nada ponía en el informe sobre la falta de diez contrataciones, entre ellas motoristas.

El sindicato SiPcte ​organizó movilizaciones en ese centro.

Correos certificó que los once trabajadores salieron a la calle a ver al equipo de Badalona Televisión y que lo vieron porque...

  • Declaración de la jefa de equipo delante de todos (18/03/2021): “Estábamos en el bar de enfrente a las 14 horas, tomando el aperitivo.

SENTENCIA, Juzgado de lo Social núm. 21 de Barcelona, de enero de 2023:

  • El abogado solicitó la nulidad de la sanción ya que la carta comunicándola es vaga e imprecisa al tratarse de una denuncia colectiva, pero que el servicio jurídico del SiPcte lo trató como casos por separado y han participado cinco abogados para las compañeras demandantes.
  • La magistrada del Juzgado 21 considera que ciertamente la carta es vaga e imprecisa cuando describe el comportamiento de la trabajadora (...), pues no individualiza dónde debía encontrarse en el momento en que se ausentó, qué tarea concreta debía realizar en ese momento y no precisa tampoco el tiempo concreto que teóricamente estuvo ausente (se explicitan tiempos y tareas de forma colectiva), de manera que no puede comprenderse si ese parón obedeció al disfrute del periodo de descanso de la jornada o a otra causa.
  • Con tal base se razona, por tanto, que ese problema descriptivo, que asimismo afecta a las restantes personas sancionadas colectivamente con la misma carta, se sitúa a la demandante (...) cartera de UR2 Badalona, en clara indefensión.

Finalmente, se declaró la nulidad de la sanción que fue impuesta a la compañera y se condenó a Correos S.A.

  • Estamos a la espera de cuatro sentencias más.
  • La jefa de la UR2 fue cesada a las 48 horas y ahora es la jefa del Distrito 31, de Barcelona.
  • Hay situaciones incomprensibles

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