lunes, 20 de mayo de 2024 04:47h.

Comunicados SiPte

Derecho a vacaciones.

Principios generales, cómo solicitarlas y qué tenemos que hacer en caso de denegación. Las vacaciones no se imponen, sino que se fijan de común acuerdo entre el empresario y el trabajador.
2023-03-17-vacaciones-1w

Formularios:
Solicitud de vacacionesSolicitud días adicionales


Pide vacaciones siempre por escrito.

1.- Las vacaciones no se imponen, sino que se fijan de común acuerdo entre el empresario y el trabajador artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, y tenemos derecho a solicitar el periodo que consideremos oportuno, sin que la empresa pueda impedir esa solicitud. Seamos razonables en la solicitud, pero si cedemos que no sea por imposición empresarial.

  • Anuales: personal no funcionario 30 días naturales de vacaciones y funcionarios 22 días hábiles.
  • Podemos solicitar ese tiempo, aunque no lo hayamos generado.
    • Por ejemplo, si se tuvieran que realizar una vez generadas, la pregunta que surge es ¿entonces las vacaciones que se generan de julio a diciembre en 2023 se realizan en enero de 2024? Es evidente que no.
    • ¿Cuándo generamos derecho a vacaciones? Por cada mes trabajado generamos 2 días y medio de vacaciones.

2.- Dos formas validas para solicitar vacaciones:

  1. Rellenar el impreso oficial y entregarlo al jefe/a y que selle la copia. Es obligatorio que lo haga.
    • El impreso que nos entregan en los centro de trabajo para pedirlas no sirve de nada si no nos facilitan una copia sellada
  2. También puedes enviar un correo electrónico a tu centro de trabajo lo que es una forma válida de solicitarlas y dejar constancia de la petición.

¿Qué ocurre si me deniegan las vacaciones solicitadas?

  • Podemos pedir otro período de acuerdo con nuestros compañeros y compañeras.
  • En caso de desacuerdo existe un juzgado de lo social dedicado en exclusividad para poder recurrir. Se trata de un procedimiento sumario y preferente. Es decir, se celebrará de inmediato.

Derechos de los eventuales.

  • El trabajador/a contratado con carácter temporal podrá disfrutar de las vacaciones de forma proporcional al tiempo del contrato y si un contrato abierto por el tiempo que considere oportuno, como si fuera un funcionario o un laboral indefinido.

RESUMEN.

  • No entremos a discutir con la persona responsable del centro: envíanos la solicitud por duplicado o envíanos un correo electrónico, y en caso de negativa escríbenos un correo a sipcte.correos@gmail.com con toda la información.

Ver esta misma información en formato PDF


¿Puedo pedir vacaciones siendo eventual?

  • Sí, por supuesto, que no te engañen.

Instrucciones para la solicitud de vacaciones de trabajadores/as eventuales:

  • Presentar solicitud por duplicado.
  • La persona responsable del centro tiene la obligación de sellarlo y darnos una copia.
  • Pueden concederlas o denegarlas, pero exigiremos que la respuesta sea por escrito.
  • Si las deniegan tendremos 20 días para presentar demanda exprés por denegación de vacaciones.
  • Acude al sindicato SiPcte.

Las vacaciones son un permiso que se cuenta por días naturales por lo que en el caso de este tipo de contrato tan corto siempre comenzarán en lunes y finalizarán al cabo de 2, 5 ó 7 días.

Ley. Las vacaciones no se pueden sustituir por compensación económica artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.

  • Que no nos engañen diciendo que para que nos den vacaciones tenemos que esperar a generarlas, porque ello querría decir que las de junio a diciembre las tenemos que hacer en enero del año siguiente.
  • Si nos cesan, que finiquiten las vacaciones disfrutadas.

Almería. 17/01/2023.- El Juez del Juzgado de Lo Social número 1 de Almería Diego Zafra Mata, vuelve a dar la razón a una cartera, a la que Correos había denegado su derecho.

Publicada por SiPcte. Sindicato Independiente de Correos. Barcelona en Viernes, 17 de marzo de 2023