lunes, 20 de mayo de 2024 01:16h.

Comunicados SiPte | Ayudas del Estado

Nueva ayuda de 200 euros

El plan anticrisis del Gobierno incluye un cheque de 200 euros para las rentas inferiores a 27.000 euros anuales. Se puede solicitar hasta el 31 de marzo.

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Información sobre la nueva ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio


Plazos

  • Esta ayuda puede solicitarse desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.

¿Qué necesito para solicitarla?

  1. Se necesita contar con un certificado digital o estar dado de alta en el sistema CL@VE de la Administración; o tener activo la clave PIN del DNI electrónico.
  2. Número de cuenta bancaria, ya que los 200 euros se recibirán en un único pago mediante transferencia bancaria.

 

Requisitos para poder pedir la ayuda

  1. Tener residencia habitual en España.
  2. Haber estado trabajando por cuenta propia o ajena durante el año 2022, o haber sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.
  3. No superar los 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual).

A la hora de calcular se tendrá en cuenta la situación de todas las personas que vivan en el domicilio, siempre y cuando el solicitante tenga una relación familiar con ellas.

  • Es decir, no suman las rentas de quienes simplemente compartan piso.

El decreto menciona expresamente al cónyuge o pareja de hecho, los hijos y descendientes, también adoptivos y de acogida, con derecho a aplicar el mínimo por descendiente a efectos de la ley del IRPF —esto es, menores de 25 años o con discapacidad, sin rentas anuales y que convivan con el beneficiario—. También computan las rentas de los ascendientes hasta segundo grado. Se tomará en cuenta la composición del hogar a 31 de diciembre.

  • Es decir, pueden pedirla todos los miembros de una misma unidad familiar que cumplan los requisitos siempre y cuando entre todos no superen los 27.000 euros brutos durante el año 2022.

No tienen derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022:

  • Perciban el Ingreso Mínimo Vital.
  • Perciban una pensión abonada por el Régimen General o los regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA.
  • Administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiesen cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022.

¿Cuándo la pagarán?

  • El plazo para que sea ingresada será el 30 de junio de 2023.
  • En caso de que la ayuda no haya sido concedida, se le notificará al solicitante y este tendrá 10 días para presentar las alegaciones que considere oportunas.

Ver la misma información de arriba editada en formato PDF

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  • En Barcelona, Vía Laietana, 1. Lunes, martes y viernes, de 9 a 13 h.  
  • En Barcelona, calle Aragón 335, entlo. Miércoles, de 9 a 13 h. y de 16 a 19 h.

Ver la información oficial en la web de la Agencia Tributaria


Folleto editado por la Agencia Tributaria

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Cumplimentación del formulario de solicitud de la NUEVA AYUDA de 200 euros para personas físicas

Solicitud de ayuda de 200 euros con Cl@ve PIN